Personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, que pertenezcan a colectivos vulnerables según lo establecido en el punto cuarto de la Resolución de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se aprueba la convocatoria 2018 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación (POEFE), destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables (AP-POEFE).
Colectivos Vulnerables
- Personas desempleadas de larga duración (PLD).
- Jóvenes menores de 30 años, no atendidos por el Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ)
- Personas mayores de 55 años.
- Personas con discapacidad.
- Minorías étnicas y comunidades marginadas.
- Otros colectivos desfavorecidos como: participantes que viven en hogares compuestos de un único adulto con hijos a su cargo; personas sin hogar o afectadas por la exclusión en materia de vivienda; víctimas de violencia de género; víctimas de discriminación por origen racial o étnico, orientación sexual e identidad de género; solicitantes de asilo; personas con problemas de adicción; personas reclusas y ex reclusas; perceptoras de rentas mínimas o salarios sociales; personas con fracaso o abandono escolar;
- Otras personas en situación de vulnerabilidad acreditada por un informe de los Servicios Sociales.
A efectos de elegibilidad de los colectivos destinatarios, se tendrá en cuenta que:
- Se consideran desempleados de larga duración a las personas en situación de desempleo durante más de 6 meses continuos si son menores de 25 años, y a las personas en situación de desempleo durante más de 12 meses continuos si tienen una edad igual o superior a 25 años.
- La entidad debe garantizar que los jóvenes no han participado en actuaciones financiadas por el Programa Operativo de Empleo Juvenil.
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